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domingo, 6 de septiembre de 2020

LOS AUTOS DEL JUEZ GARZÓN

 


BALTASAR GARZÓN

Biografía

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Baltasar Garzón Real nació el 26 de octubre de 1955 en la localidad jiennense de Torres. Segundo de los cinco hijos del agricultor y posteriormente empleado de gasolinera Ildefonso Garzón Cruz. Actualmente una calle de Torres lleva el nombre del jurista. Estudió en los seminarios de Baeza y de Jaén, pero poco después, abandonó los estudios eclesiásticos.

La familia se trasladó a Sevilla, donde Baltasar  Garzón se licenció en Derecho por la Universidad de la capital andaluza en el año 1979. Después de superar las oposiciones con el puesto número 11 de un total de 51 aspirantes, comenzó su carrera judicial el 13 de febrero de 1981 en el juzgado de Valverde del Camino, provincia de Huelva. Unos meses antes, en noviembre de 1980, contrajo matrimonio con María Rosario Molina, con la que tiene tres hijos.

Accedió en 1980 a la carrera judicial aprobando la oposición a Juez de 1ª Instancia e Instrucción con el número 11 de su promoción. En Febrero de 1981 fue nombrado Juez de Primera Instancia e Instrucción de Valverde del Camino (Huelva).

El 29 de julio de 1981  fue nombrado Juez de Primera Instancia e Instrucción de Villacarrillo (Jaén). En Julio de 1983 obtuvo el ascenso a Magistrado. Su primer destino fue Vitoria (Juzgado de Primera Instancia e Instrucción 3 de Vitoria (Álava) El segundo, en noviembre 1984, el Juzgado de Primera Instancia e Instrucción 3 de Almería. En Febrero de 1987 se le nombró inspector delegado del Consejo General del Poder Judicial para todos los Tribunales de Andalucía.

En febrero de 1988, llegó como titular al Juzgado Central de Instrucción núm. 5 de la Audiencia Nacional. Sus  competencias eran las marcadas en el artículo 65 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, más la de terrorismo.  Desde este cargo, como uno de los cuatro jueces encargados de instruir causas contra el terrorismo y el narcotráfico, dictaría numerosos sumarios contra la organización terrorista ETA y varios casos importantes vinculados al tráfico de drogas, como las operaciones «Nécora» (1990), con la que desarticuló la organización liderada por Laureano Oubiña, y «Pitón» (1991), con la detención de los integrantes del llamado «clan de los Charlines», que «faenaban» en las costas gallegas.

En mayo de 1993, quedó en situación de servicios especiales en la carrera judicial,  al presentarse como independiente en las listas del PSOE a las elecciones legislativas de ese año y obtener el acta de Diputado al Congreso por Madrid.

En Julio de 1993, fue nombrado Secretario de Estado-Delegado del Gobierno, para el Plan Nacional Sobre Drogas. Durante el tiempo que ocupó este puesto coordinó siete Ministerios y a las Consejerías correspondientes de las 17 Comunidades Autónomas de España con presupuesto propio, desarrollando una permanente tarea de coordinación con las organizaciones sociales y el Parlamento. Creó además una nueva  estructura que ha estado vigente hasta 2005 y ha evolucionado consolidando la acción en la lucha contra el narcotráfico en el Ministerio del Interior.

Coordinó asimismo la política internacional del Gobierno en materia de drogas asistiendo a los organismos de  la ONU en Viena y New York en cumplimiento de esa representación y firmando acuerdos bilaterales con otros países, como por ejemplo Alemania o Portugal, entre otros.

El 16 de Mayo de 1994, tras dimitir del cargo de Secretario de Estado y renunciar al acta de diputado, se  reincorporó a su puesto como magistrado en el Juzgado Central de Instrucción Nº 5 de la Audiencia Nacional.

El 1 de marzo de 2005, como consecuencia de una licencia por estudios conferida por el Consejo General del Poder Judicial, se incorporó como Senior Fellow al Center on Law and Security, School of Law,  de New York University, y, como Catedrático titular de la cátedra «Cultura y civilización español» en el King Juan Carlos I of Spain Center de New York University.

El 30 de Junio de 2006, regresa a su actividad como Magistrado-Juez titular del Juzgado Central de Instrucción número 5 de la Audiencia Nacional.

El 16 de octubre de 2008, Garzón se declaraba competente para investigar los crímenes del franquismo en tanto que crímenes contra la humanidad, aunque poco después se inhibió en favor de los juzgados territoriales donde se encuentran las fosas de las víctimasEl sindicato ultraderechista Manos Limpias, presentó una querella contra Garzón por prevaricación  (dictar a sabiendas una resolución contraria a derecho), denunciando que se había extralimitado en sus competencias en la investigación del franquismo. En mayo de 2009, el Tribunal Supremo la admitió a trámite y después también admitió otras dos querellas de Libertad e Identidad y Falange Española de las JONS.

En 2010 a causa de la apertura del juicio oral llamado de la Memoria Histórica, fue suspendido en sus funciones.

El 23 de mayo de 2010 la Fiscalía de la Corte Penal Internacional en La Haya le designó Consultor externo.

El 20 de mayo de 2011 se le nombra Consultor externo de la Misión de Apoyo al Proceso de Paz de la OEA en Colombia.

El 7 de julio de 2011, se integró en el Comité de Prevención de la Tortura del Consejo de Europa.

En Noviembre de 2011, comenzó su labor de coordinador de la Veeduría internacional sobre el proceso de reforma de la Función Judicial en Ecuador, hasta enero de 2013.

Garzón preside la Fundación FIBGAR, organización pro Derechos Humanos y jurisdicción universal, cuya sede también está constituida en Madrid. La Fundación tiene en la actualidad programas en desarrollo en España, Argentina, Colombia y México.

Dirige el bufete ILOCAD SL. (International Legal Organization for Cooperation and Developement), con sede en Madrid. En este marco, entre otros asuntos, coordina la defensa internacional, pro bono, de Julián Assange y Wikileaks.

Entrevista a Baltasar Garzón en Radio Chile

El espacio WEB


LOS AUTOS QUE DENUNCIAN EL GENOCIDIO FRANQUISTA

PRESENTACIÓN:

Por Pedro Taracena Gil

Participé en un debate sobre si España cometió un genocidio en el Nuevo Mundo o si por el contrario no era verídica La Leyenda Negra. El ponente y moderador recurrió a las definiciones etimológicas de la Real Academia Española. Y sin analizar el alcance de su planteamiento, se hizo presente en mi pensamiento el genocidio, también cuestionado por los negacionistas, cometido en España desde 1936 hasta el 1975. Es fácil de comprender que si para atribuir a los conquistadores el concepto de genocidio, con referencia a las definiciones académicas, faltaban algunos matices, a la hora de aplicar este vocablo al Golpe de Estado contra la República, la Guerra Civil provocada y la dictadura del Movimiento Nacional, sí aportan todos los requisitos para definir la sublevación militar como un genocidio planificado. Para ello, aunque la Historia haya sido escrita y contada por los vencedores, en España, siempre nos quedarán Los Autos del juez Baltasar Garzón. Ningún historiador que se precia debe abandonar la tentación de leerlos.



La Santa Cruz del Valle de los Caídos

EL  GENOCIDIO FRANQUISTA

Texto publicado por el Diario Público que contenía los Autos del Juez Garzón de 16/10/2008 y 18/11/2008 del Sumario 53/2008 del Juzgado Central de Instrucción nº 5 Introducción En «reconocimiento a aquellos servidores de la Justicia, Jueces, Magistrados, Fiscales y Secretarios Judiciales, que vieron su carrera y su vida afectadas convirtiéndose en víctimas de la Guerra Civil o posteriormente de la Dictadura franquista»1. 



La Piedad

La II República Española representó el mayor esfuerzo modernizador y democratizador de España durante el Siglo XX. Por tanto, no es extraño que en la Ley 24/06, de 7 de julio, declarando 2006 como “Año de la Memoria Histórica” se dijese en el Preámbulo que la II República Española “constituyó el antecedente más inmediato y la más importante experiencia democrática que podemos contemplar al mirar nuestro pasado…”. Éste era el Estado asaltado por el golpe militar de 17 de julio de 1936, dirigido por el General Franco, que las fuerzas rebeldes destruyeron, implantando un Estado totalitario según el modelo entonces creciente en Alemania e Italia. Es ya evidente el papel que representó, desde los inicios de la sublevación, la violencia y la represión como elemento central de la política. Así se ha expresado por los historiadores que han estudiado en profundidad el ejercicio concreto de la represión en el conjunto de España: “La violencia fue un elemento estructural del franquismo. La represión y el terror subsiguiente no eran algo episódico, sino el pilar central del 1 Propuesta que el 12 de Julio de 2006 sometió a aprobación la minoría progresista del Consejo General del Poder Judicial y que fue rechazada por el bloque conservador, encabezado por el Vocal Adolfo Prego, en representación del PP. Hoy es el magistrado Ponente de la Causa contra el Juez B. Garzón por haber investigado los crímenes del franquismo. 2 nuevo Estado, una especie de principio fundamental del Movimiento”



El äguila de San Juan

 2. El documento que hoy se presenta tiene una evidente trascendencia histórica que debe ser conocido ampliamente por la ciudadanía. Es una Resolución judicial, el Auto de 16/10/2008 dictado por el Juzgado Central de Instrucción nº 5 en las Diligencias Previas 399/2006.Es el Auto del Juez Baltasar Garzón por el que se inició el proceso contra los crímenes del franquismo. Por primera vez en nuestra historia, un Juez de Instrucción, que tiene como función la investigación de los delitos, abría un proceso penal a los responsables de aquel golpe militar tratándoles como lo que fueron, delincuentes, como criminales y aplicándoles, por tanto, el Código Penal. Esta es su novedad radical. Pero, además, tiene otras dimensiones muy importantes. En primer lugar, es la primera vez que los denunciantes, Asociaciones por la Recuperación de la Memoria Histórica y familiares de personas desaparecidas durante la Guerra Civil y la Dictadura encuentran una respuesta positiva de los tribunales, un Juez que les otorga tutela y satisfacción de sus intereses como víctimas del franquismo. Respuesta que contrasta con la pasividad que, con limitadas excepciones, habían encontrado hasta ese momento en la magistratura. Por ello, no resulta extraño que el Auto constate“ que los hechos objeto de denuncia nunca han sido investigados penalmente por la Justicia española, por lo que hasta el día de la fecha, la impunidad ha sido la regla…”. En segundo lugar, los hechos denunciados fueron los siguientes: “presuntos delitos de DETENCION ILEGAL basadas en los hechos que se describen en las mismas, fundamentalmente por la existencia de un plan sistemático y preconcebido de eliminación de oponentes políticos a través de múltiples muertes, torturas, exilio y 2 F. Moreno Gómez,” La represión en la posguerra” en la obra colectiva“
Víctimas de la guerra civil”, Madrid, 1999, pg. 277. 3 desapariciones forzadas (detenciones ilegales) de personas a partir de 1936, durante los años de Guerra Civil y los siguientes de la posguerra, producidos en diferentes puntos geográficos del territorio español”.



El Toro de San Lucas

Y, a continuación, el Auto describe el origen de los hechos denunciados, es decir, el referido golpe militar y el plan de exterminio que inmediatamente ejecutaron. Así lo hace: “la acción desplegada por las personas sublevadas y que contribuyeron a la insurrección armada del 18 de Julio de 1936, estuvo fuera de toda legalidad y atentaron contra la forma de Gobierno…en forma coordinada y consciente, determinados a acabar por las vías de hecho con la República mediante el derrocamiento del Gobierno legítimo de España, y dar paso con ello a un plan preconcebido que incluía el uso de la violencia, como instrumento básico para su ejecución”. Plan que determinó “la detención ilegal, tortura, desaparición forzada y eliminación física de miles de personas por motivos políticos e ideológicos, propiciando, asimismo, el desplazamiento y exilio de miles de personas, dentro y fuera del territorio nacional”. Y, entre las consecuencias inmediatas de la insurrección militar, determinante de la resistencia de la República y una larga contienda militar, el Juez destaca la atención que exigen las desapariciones forzadas de personas, aquellas que fueron ilegalmente detenidas y cuyo paradero aún se ignora. Según dicha Resolución, los desaparecidos alcanzaban la cifra de 114.266.Lo dice así: “porque sigue habiendo víctimas y su derecho exige emplear todos los medios precisos para satisfacerlo y, especialmente, para hacer cesar la comisión del delito y los efectos derivados del mismo que sólo tendrá lugar con la búsqueda y localización de los cuerpos de los desaparecidos…”.



El León de San Marcos

 Para llegar a una conclusión rotunda, con fundamento en los Tratados internacionales ratificados por España, sobre la calificación penal de los hechos descritos: “La categoría de crimen contra la humanidad parte de un principio básico y fundamental, que estas conductas 4 agredan en la forma más brutal a la persona como perteneciente al género humano en sus derechos más elementales como la vida, la integridad, la dignidad, la libertad, que constituyen los pilares sobre los que se constituye una sociedad civilizada y el propio Estado de Derecho”. La Resolución plantea los “principales escollos” jurídicos que podían presentarse para justificar la investigación judicial de ese Crimen y la competencia de la Audiencia Nacional sobre el mismo. Cuestiones que, bajo el prisma fundamental de la protección de las víctimas, analiza y resuelve con el rigor jurídico necesario. Entre ellas, el carácter permanente de los delitos de detención ilegal y posterior desaparición. Criterio mantenido claramente por ONU: “Todo acto de desaparición forzosa será considerado delito permanente mientras sus autores continúen ocultando la suerte y el paradero de la persona desaparecida y mientras no se hayan esclarecido los hechos”. Que es, exactamente, la situación vigente en España respecto de tantos miles de personas.



El Ángel de San Mateo

Como también analiza los límites de la Ley preconstitucional de Amnistía 46/1977-que declaró la extinción de responsabilidad penal de “todos los actos de intencionalidad política”- y su inaplicabilidad a los delitos que no eran estrictamente “delitos políticos”, como se describe en dicha Ley, sino que alcanzan la categoría de Crímenes contra la Humanidad, crímenes que no admiten leyes de “punto final”. La Resolución judicial decide, con los fundamentos expuestos y otros complementarios,” aceptar la competencia por los presuntos delitos permanentes de detención ilegal, sin dar razón del paradero, en el contexto de crímenes contra la Humanidad”. Como delitos conexos o derivados de los cometidos durante y después del golpe militar, contra “los altos organismos de la nación y la forma de gobierno”. Como es sabido, el citado Auto judicial del Juez Garzón y otras de sus resoluciones han dado lugar a la apertura por el Tribunal Supremo de un proceso penal contra él por un delito de prevaricación, por 5 entender injustificadamente que son resoluciones “injustas”. Cualquiera que sea el resultado del proceso, nada podrá impedir que el citado Auto judicial represente un pilar histórico de la respuesta judicial, social y política frente a la Dictadura fascista, antecedente inmediato del actual sistema democrático de libertades. Pero, sobre todo, como han dicho las víctimas, esperanzadas en su día ante el proceso incoado gracias a sus denuncias:”El estado de derecho tiene una deuda pendiente con las víctimas de la guerra civil española y de la dictadura, que se debe enmendar a través del derecho de las víctimas a recursos efectivos como son el ejercicio del derecho a la verdad, a la justicia y a la reparación, todos ellos pilares de cualquier Estado de derecho” (3) .Y por ello concluyen:”Basta ya y no a la impunidad”.
 Carlos Jiménez Villarejo
 3 Manifiesto de las Asociaciones por la Recuperación de la Memoria Histórica de Catalunya y Mallorca con motivo de la interposición de la querella contra los Magistrados del Tribunal Supremo Juan Saavedra y Luciano Varela.

EL GENOCIDIO



Tumba del Francisco Franco

genocidio
Del gr. γένος génos 'estirpe' y -cidio.
1. m. Exterminio o eliminación sistemática
 de un grupo humano por motivo de raza, etnia, religión, política o nacionalidad. U. t. en sent. fig.
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exterminio
Del lat. exterminium.
1. m. Acción y efecto de exterminar.
exterminar 
Del lat. extermināre.
1. tr. Acabar del todo con algo.
2. tr. Matar o eliminar por completo
 de un lugar un conjunto de seres vivos.
3. tr. Desolar, devastar por fuerza de armas.
4. tr. desus. Echar fuera de los términos, desterrar.
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Vista aérea posterior de la Abadía de la Santa Cruz del Valle de los Caídos

AUTO DEL JUEZ GARZÓN I



Acceso al pie de la Santa Cruz

AUTO DEL JUEZ GARZÓN II

Grupo escultórico: Juan de Ávalos

Fotos: Pedro Taracena

Editor: Pedro Taracena

domingo, 27 de octubre de 2019

BALTASAR GARZÓN VÍCTIMA DEL FRANQUISMO Y DEL PSOE


Baltasar Garzón: “El derecho está siendo usado para la persecución política”



UN GRAN JUEZ

UN HOMBRE BUENO

UN GRAN DEMÓCRATA


Baltasar Garzón (Torres, Jaén, 1955) forma parte de una corriente internacional de juristas que defiende la inocencia del expresidente Lula da Silva, condenado a prisión en abril de 2018 por supuestamente haber beneficiado a la constructora OAS en contratos con Petrobras, a cambio de una vivienda en Guarujá, en el Estado de São Paulo. Suspendido en 2010 de su condición de juez por utilizar escuchas ilegales en el caso Gürtel, Garzón critica los métodos del exjuez brasileño Sérgio Moro, que fue responsable de la sentencia contra el expresidente del Partido de los Trabajadores. Irónicamente, ha escuchado comparaciones entre los delitos por los que fue acusado en España y las posibles irregularidades que cometió Moro, hoy ministro de Justicia de Brasil, en el proceso de Lula. Garzón, sin embargo, ve a Brasil víctima del mismo veneno que ha contaminado a otros países, que hacen más frágil la democracia por el uso de la justicia para perseguir políticamente a adversarios de gobiernos extremistas. De viaje por Brasil a finales de septiembre, conversó con EL PAÍS.

EL DERECHO AL SERVICIO DE LA POLÍTICA




Editor: Pedro Taracena Gil

Periodista


domingo, 13 de noviembre de 2016

LA ONU EXIGE EXPLICACIONES AL REINO DE ESPAÑA





El comité de Derechos Humanos de la ONU exige explicaciones sobre la inhabilitación del juez Garzón 
 


El Gobierno de Rajoy dispone de seis meses para contestar a una denuncia avalada por expertos internacionales





Dom, 13 Nov 2016

El Comité de Derechos Humanos de las Naciones Unidas ha requerido al Estado español a responder a la denuncia formulada en su día por el juez Baltasar Garzón. La denuncia presentada por el despacho de abogados especializado en Derechos Humanos, Human Rights in Practice, que dirige Helen Duffy, alega el carácter arbitrario de una serie de investigaciones y enjuiciamientos penales interpuestos contra el Juez Garzón que llevaron a su inhabilitación y pusieron fin a su larga carrera judicial. Ahora el Gobierno español tiene un plazo máximo de seis meses para contestar al Comité de Naciones UnidasEn su escrito Helen Duffy expuso que entre los numerosos casos en los que el juez Garzón autorizó llevar a cabo investigaciones, se encuentran los relativos a los crímenes de lesa humanidad cometidos durante el período franquista que a día de hoy continúan impunes, así como casos de corrupción relacionados presuntamente con altos cargos del actual partido en Gobierno, el PP.Baltasar Garzón fue imputado penalmente por estas decisiones judiciales. Se abrió contra el magistrado simultáneamente un tercer proceso que había sido archivado en dos ocasiones anteriores y que, tras la condena, se archivó de forma inmediata, pues había prescrito tiempo atrás. Esta prescripción era suficientemente conocida por el juez instructor que aún así mantuvo abierto el proceso.

"Flagrante violación de la independencia judicial"

Añade Duffy: “Los procedimientos penales iniciados contra el juez Garzón se fundamentaron exclusivamente en su interpretación y aplicación de la ley. Ello representa una flagrante violación del principio de independencia judicial que deriva del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos y del derecho internacional de los Derechos Humanos, asimismo supone la violación de múltiples derechos protegidos por el mencionado Pacto”.Tras años de investigación, suspensión y enjuiciamiento, en uno de los procedimientos penales instados contra el juez Garzón, éste fue absuelto, mientras que en el otro procedimiento fue condenado. “No obstante, las violaciones de sus derechos y el efecto desalentador causado con respecto al principio de independencia judicial no dependen del resultado final de un procedimiento penal”, expone en un comunicado hecho público este sábado.La denuncia presentada por Human Rights in Practice en nombre y representación del juez Garzón, ante el Comité de los Derechos Humanos ha sido respaldada por un número de expertos internacionales del más alto nivel quienes han presentado dictámenes periciales conjuntos.

Estándares internacionales

Los dictámenes examinan una serie de cuestiones que son de relevancia para la determinación del caso por parte del Comité de los Derechos Humanos, incluyendo los estándares internacionales respecto a la independencia judicial en la que se basa este caso; la invalidez de leyes de amnistía y las normas sobre plazos de prescripción aplicables en el derecho internacional y, en la práctica, en consonancia con los hechos aplicables del juez Garzón; y la interpretación sin precedentes de la Ley de Prevaricación aplicada en el marco de los procedimientos instados contra el Juez Garzón.“A pesar de la notoriedad del caso que ha sido ampliamente criticado a nivel internacional, el juez Garzón no ha obtenido reconocimiento alguno por parte del Estado español, no ha habido ningún tipo de reparación, ni tampoco se han realizado esfuerzos para garantizar la independencia judicial en el futuro. Sobre esta base, a principios de este año el juez Garzón decidió presentar su denuncia ante el Comité de los Derechos Humanos. Ahora, el Estado español ha sido requerido para responder a la denuncia en el plazo de seis meses”, concluye la abogada.


domingo, 24 de julio de 2016

LAS MUSAS LOS VOCEROS Y LOS BOCERAS DEL REINO, CENSURAN AL REY



No es la reparación que esperan las víctimas del franquismo, pero que el máximo representante del Estado las reconociese sería un paso decisivo. Tanto, que no se ha dado en cuarenta años.


Isaac Rosa | eldiario.es



Rodeado de familiares de víctimas del franquismo, y ante un monumento en memoria de los asesinados por la dictadura desde 1936, el rey Felipe VI toma la palabra:

“Debemos mirar hacia el pasado, pero con espíritu de superación de lo que nos ha separado o dividido; para así recordar y celebrar todo lo que nos une y nos da fuerza y solidez hacia el futuro. En esa mirada deben estar siempre presentes todos aquellos que, víctimas de la violencia franquista, perdieron su vida o sufrieron por defender nuestra libertad. Su recuerdo permanecerá en nuestra memoria y en nuestro corazón.”

“Nada ni nadie es capaz de aliviar el dolor que nos produce la mirada a los trágicos episodios que rasgaron España. Es necesario preservar los valores democráticos y éticos que encarnan las víctimas del franquismo, construir con dignidad su memoria colectiva y concienciar a la sociedad en la defensa de la libertad”.

“El franquismo representa unos terribles crímenes que mataron a miles de seres humanos, junto a cuyas cenizas quedaron maltrechas la dignidad y la esperanza. La memoria y el dolor permanecen aún hoy, cuando se cumplen ocho décadas del comienzo de la pesadilla”.

“Quiero terminar con un emocionado homenaje. Reafirmo mi afecto, mi inmenso respeto, por quienes sufrieron o perdieron la vida en defensa de la libertad de todos, mi compromiso de no olvidar la memoria de las víctimas, y la importancia de hacer justicia como mejor reconocimiento a la dignidad que merecen”.

Y concluye su discurso dirigiéndose a los familiares: “Gracias por hacernos sentir orgullosos.”

¿Qué fácil sería, verdad? De hecho, el discurso lo tiene ya escrito, lo ha pronunciado muchas veces. Este de arriba se lo he montado yo en cinco minutos, con un corta y pega de varios discursos de Felipe VI en recuerdo de las víctimas de ETA, del 11M, del Holocausto o de militares fallecidos en misiones en el exterior. Las palabras son siempre las mismas, la típica prosa enfática de Casa Real, solo he cambiado “terrorismo” u “Holocausto” por “franquismo”.

Para todas esas víctimas, y para muchas otras de atentados, guerras, accidentes o desastres naturales en el último rincón del planeta, ha tenido el rey palabras de homenaje en sus dos años de reinado. Para las víctimas del franquismo, ni un monosílabo. Es un titular habitual en prensa ese de "El rey, con las víctimas de...", y ahí rellenen con cualquier tragedia. Cualquiera, menos la peor de la historia de España. Es cierto que en algún momento, y siempre fuera de España, se ha referido tímidamente a los exiliados en América Latina o a los republicanos que liberaron París. Pero para los miles de asesinados, encarcelados y represaliados en España durante décadas, ni mú. En eso continúa la tradición de su padre.

No es que las víctimas del franquismo se fuesen a sentir reparadas por que el rey lea un discurso. Ellas y sus familias merecen (y exigen) mucho más que unas palabras solemnes en palacio: merecen verdad, memoria y justicia. Recuperar a los suyos de las fosas, anular sentencias injustas, homenajear a las víctimas, reparar a quienes sufrieron. Y para ellas vale más un homenaje como el que ayer hizo el grupo de memoria histórica de la CGT en Sevilla a los presos esclavizados del franquismo, que cualquier discurso en la Zarzuela.

Pero que el rey, como representante máximo del Estado, hiciese un reconocimiento oficial a las personas víctimas del franquismo, sería un paso decisivo. Tan importante, que no se ha dado en cuarenta años.

Ayer Felipe VI dejó pasar el ochenta aniversario del 18 de julio. Era una buena oportunidad para homenajear a las víctimas como merecen, y hasta para condenar el golpe fascista. Imaginamos que tiene una agenda muy ocupada, está pendiente de la investidura y se le pasó la fecha. O quizás espera al centenario, para que la fecha sea más redonda. 2036. Paciencia.


Fuente: El Diario
Title : El rey, con las víctimas del franquismo (en 2036)
Posted by : Eco Republicano
Date : 23.7.16




lunes, 27 de mayo de 2013

SE INDULTA A TORTURADORES Y SE LINCHA AL JUEZ GARZÓN



1. El exjuez fue condenado por ordenar escuchar telefónicas en el caso Gürtel.
2. Asegura que la sentencia en su contra está basada en "un delito inexistente".
3. Según Garzón, el fallo vulnera "gravísimamente" sus "derechos fundamentales".
4- Sostiene que fue un "chivo expiatorio de los males e insuficiencias de las leyes".

BALTASAR GARZÓN  LLEVA AL ESTADO ESPAÑOL AL TRIBUNAL DE ESTRASBURGO

LA CAUSA CONTRA EL FRANQUISMO EN ARGENTINA

domingo, 16 de diciembre de 2012

GARZÓN, JUEZ JUZGADO

¡Esperpento nacional!

La persecución y aniquilación del juez Garzón por los jueces franquistas, ha quedado de manifiesto en el bochornoso proceso que le ha llevado a defender allende los Pirineos, los principios de la Declaración  Universal de los Derechos Humanos.
Quedando impunes los crímenes de lesa humanidad del genocidio franquista, cometidos en España.



viernes, 7 de diciembre de 2012

LOS FRANQUISTAS EN EL PODER Y EL JUEZ GARZÓN EN EL "EXILIO"



Foto: MRS

En el bosque de Zilbeti (Navarra) en el hayedo de Antzeri se ha fundido con la naturaleza la inmortal obra de Pablo Picasso, el Guernika, símbolo perenne del genocidio franquista.
La Constitución Española de 1978 ha restaurado el estado de derecho interrumpido por el general Franco aquel nefasto 17 de julio de 1936.
Aunque el Rey de España es un monarca constitucional, Juan Carlos I aún sigue ligado al anterior régimen dictatorial y de hecho no condena ni tiene voluntad de condenar la dictadura.
Mientras, los "peperos" herederos legítimos de Franco, Fraga, Aznar, FAES y Rajoy, gobiernan el botín de guerra que ganaron, victoria que no olvidan, convencidos de que España es de su propiedad.
El gobierno de Rajoy es un gobierno de franquistas siguiendo los dictados de la Iglesia, es decir, el nacionalcatolicismo, la patronal, la banca y los caciques.
Los mismos que iniciaron el golpe de estado del 36 y que no condenan ni condenarán la dictadura impuesta por sus fundadores. Los mismos que han perseguido al juez Garzón por luchar contra la impunidad de los crímenes del franquismo.